NOTICIAS: SI TIENES MENOS DE 35 AÑOS, AHORRATE EL 2% DE ITP EN LA COMPRA DE TU VIVIENDA.
25 may 2019 VolverSI ERES MENOR DE 35 AÑOS Y QUIERES COMPRAR UNA VIVIENDA, ¡¡ TE INTERESA LEER ESTO ¡¡
En la Comunidad Valenciana el tipo de gravamen que se aplica en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), se regula mediante el Decreto Ley 4/2013. Aquí te Explicamos cómo puedes conseguir una reducción del ITP en la compraventa de tu vivienda de 2º mano.
El tipo de ITP que se aplica a las compraventas de viviendas de segunda mano en la Comunidad Valenciana es del 10 % sobre el valor de venta.
Sin embargo en determinados casos se puede solicitar a la oficina liquidadora una reducción del ITP del 10 % al 8 %.
Que condiciones necesitas cumplir para poder solicitar esta reduсción del 2%
- Ser menor de 35 años
- Que la vivienda quieres comprar sea tu vivienda habitual
- Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del IRPF del sujeto pasivo no exceda de 25.000 € individual o 40.000 € conjunto.
Este ahorro del 2% en el ITP puede ser revisado (se revisan prácticamente todas compraventas), así tienes que tener en cuenta que la administración te puede solicitar incluso después de varios años de haber realizado la compra que justifiques que cumples los requisitos para beneficiarte de ese descuento.
La administración puede comprobar que efectivamente, la vivienda constituye tu domicilio habitual y que cumples con los requisitos que en su momento se solicitaron para que te aplicaran el descuento del 2% por lo que te puedes solicitar esta documentación:
- Certificado de empadronamiento en la vivienda
- Facturas de luz, agua, gas, etc…en definitiva consumos habituales de una vivienda habitada
- DNI, Permiso de conducción, etc, con la dirección actualizada
- Cuentas bancarias con la dirección actualizada
- Nóminas, con la dirección actualizada
- etc…
Por lo que te recomendamos que si te has beneficiado de una reducción del ITP o vas a hacerlo tienes que tener en cuenta que debes cambiar todos tus documentos oficiales a la nueva dirección y poder demostrar que en esa vivienda es verdaderamente tu vivienda habitual.
Si no lo cumples, la administración TE EXIGIRÁ EL PAGO DEL 2 % BONIFICADA, así que merece la pena que lo hagas todo muy bien y en este punto nosotros como agentes inmobiliarios y asesores por más de 20 años en este ámbito podemos ayudarte.